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Expedir factura electrónica de venta cuando se presenten inconvenientes de tipo tecnológico

Si eres facturador electrónico, existe un manejo adecuado, cuando se presentan novedades tecnológicas que te impidan expedir la factura electrónica que elaboras desde tu Siigo facturación.

A continuación te explicamos el paso a paso:

1. Enviar una carta declarando sobre el inconveniente tecnológico presentado.  

2. Solicita una resolución de autorización de numeración para facturas de talonario o de papel y asociar prefijos (rangos de numeración de facturación). Esta resolución debe estar vigente antes de realizar la emisión de la factura.

3. Expide factura de venta mediante talonario o papel todas las operaciones realizadas durante el inconveniente tecnológico.

4. Sincroniza la resolución para la facturación de talonario o de papel en la plataforma de Siigo en el momento en que se presente el inconveniente tecnológico.

5. Elabora la factura de venta desde tu Siigo facturación, una vez se supere el inconveniente tecnológico, dentro de las 48 horas siguientes, es necesario transmitir el documento a la DIAN y debe contener todos los datos de la factura de talonario o de papel.

6. Verifica el envío y la validación del documento de transmisión electrónica a la DIAN por cada factura de talonario o de papel emitida.

Soportes normativos:

Realizando estos pasos podrás expedir la factura de talonario o papel en tu Siigo facturación.

2 comentarios en “Expedir factura electrónica de venta cuando se presenten inconvenientes de tipo tecnológico”

  1. Buenas tardes

    Tenemos la siguiente inquietud con base al nuevo anexo 1.9 que rige apartir de mayo 01 donde indica que el mismo dia de la generacion se debe trasmitir con el siguiente ejemplo:

    – si se presento el 31 de diciembre inconvenientes tecnológicos debidamente documentados y la factura de contigencia se realizo el 31 de diciembre, cuando ya quede solucionado el inconveniente ejemplo 2 de enero, se puede trasmitir la factura de contigencia con esa misma fecha 31 de dic?? o hay que cambiarla a enero? las implicaciones legales y fiscales se tendria a no trasmitir la factura en el año fiscal en este caso 2023.

    1. Alexandra Garcia

      Hola Cristhian, efectivamente a partir de mayo las facturas deben enviarse el mismo día de la elaboración, en el caso de contingencia, se enviaran con la fecha en que solucione la inconsistencia, el tema de la fecha de envío de un año a otro ya es necesario que lo consultes con el ente regulador, en este caso la Dian, ya que son ellos los que te aclaran cual sería su actuar.

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