Notificar a la DIAN el inconveniente tecnológico y su respectiva superación

Cuando se presentan fallas tecnológicas que impiden la expedición del documento soporte electrónico, es obligatorio informar a la DIAN para cumplir con lo establecido en la Resolución No. 42 de 2020. Este procedimiento aplica tanto si el inconveniente es atribuible al usuario como al proveedor tecnológico.

Pasos para notificar la contingencia tecnológica:

1. De acuerdo con el Anexo Técnico de la Resolución No. 42 de 2020, redacta una carta en formato PDF en la que declares el estado de contingencia o informes el inconveniente presentado por el proveedor tecnológico e incluye la firma del representante legal.

2. Prepara el correo electrónico con los siguientes elementos:

  • Asunto: escribe el NIT de la empresa (separado por guion el dígito de verificación) seguido del nombre de la empresa.
  • Adjunto: incluye el PDF de la carta mencionada.
  • Cuerpo del correo: agrega los datos de contacto (nombre completo, teléfono o celular).

3. Envía el correo a la dirección electrónica: contingencia.facturadorvp@dian.gov.co.

Si prefieres entregar la constancia de forma física, también puedes radicar el documento directamente en la DIAN – nivel central – área de factura electrónica.

Así concluyes el proceso para informar a la DIAN sobre los inconvenientes tecnológicos y su respectiva solución.