A partir del 1 de mayo de 2024, la fecha de elaboración de tus documentos electrónicos (Factura de Venta, Nota Débito y Nota Crédito) deberá ser igual a la fecha de envío a la DIAN. De no ser así, será motivo de rechazo en la validación del documento.
El AIU corresponde a las siglas de los términos administración, imprevistos y utilidad que se utiliza en algunos contratos, especialmente en los que tienen que ver con ingeniería civil, arquitectura y en general de construcción.
En Siigo puedes elaborar tus facturas electrónicas de venta con el manejo de AIU, configurando uno de los siguientes modelos de contabilización:
4 comentarios en “Manejo de AIU en facturación electrónica”
Debo realizar una factura de venta, cuya forma de pago es con anticipo del 70% y saldo al finalizar los servicios. Como procedo con esta facturación?, la realizo por el 100%?? o que debo hacer??. Gracias
Buen día Idefonso, puedes elaborar la factura de venta seleccionando la forma de pago que corresponda el 70% y el saldo lo puedes dejar a crédito.
¿COMO PONGO EL IVA SOBRE LA UTILIDAD DE UN PAGO?
Hola Alexander, cuando ingresas a la ventana de configuración de AIU (como lo muestra esta guía), en la sección base impuestos, en el renglón que se denomina IVA marcas la columna que dice utilidad, así el IVA se calculara sobre la utilidad, guardas los cambios, y elaboras tu factura electrónica.