A partir del 1 de mayo de 2024, la fecha de elaboración de tus documentos electrónicos (Factura de Venta, Nota Débito y Nota Crédito) deberá ser igual a la fecha de envío a la DIAN. De no ser así, será motivo de rechazo en la validación del documento.
En Siigo Facturación puedes realizar comprobantes electrónicos registrando obsequios o productos de muestra con valor en cero, sin tener rechazos por parte de la DIAN.
Independientemente de que un producto sea vendido o regalado, existe una enajenación en la medida en que el dominio se transfiere de la empresa al cliente, y en razón a ello indudablemente se debe facturar, pues se trata de una operación económica.
Elaborar la factura de venta electrónica
Para facturar estos productos que se descontarán del inventario al ser obsequiados a los clientes como muestras gratis, puedes realizarlo por las siguientes rutas:
a. Te diriges al módulo de Inicio – Accesos directos – Crea una Factura electrónica.
b. Desde el botón + Crear – Clientes – Factura venta / Ingresos.
c. Vas por la opción de Ventas, luego en Documentos de venta seleccionas Nuevo documento de venta – Factura de venta / Ingresos.
Al ingresar, eliges el tipo de factura e incorporas toda la información que el programa requiere en el encabezado.
Importante: El sistema verificará que el cliente seleccionado cuente con 3 o más dígitos en su identificación, de no ser así se generará el siguiente mensaje y no permitirá guardar el documento, con el fin de dar cumplimiento a la normatividad de la DIAN.
Aquí podrás dar clic sobre el nombre del cliente y ajustar el número de identificación desde la creación rápida.
Es necesario que incluyas dicho producto con su correspondiente cantidad y con su valor unitario en cero; adicionalmente, si el producto genera IVA lo mencionas en el campo de impuestos cargo, ya que, este IVA se reporta a la DIAN aun cuando el producto se entrega como obsequio al cliente.
Importante: En la casilla de impuestos a cargo no será necesario incluir el IVA, solamente cuando el producto facturado sea realmente excluido de este impuesto.
Completado el ítem, el sistema te mostrará una ventana en donde registras el valor comercial de dicho producto para tomarlo como base para el cálculo del IVA, y además seleccionas quien asumirá el IVA de ese producto, si el cliente o la empresa que se encuentra emitiendo el comprobante, si el producto es excluido, bastará con diligenciar el valor comercial y continuar.
Importante: Si el producto es excluido, bastará con diligenciar el valor comercial.
Es necesario que des clic sobre Facturar obsequio Facturar obsequio , para que te permita continuar con el registro de la factura electrónica de venta.
Para finalizar el proceso presionas sobre el botón Guardar y enviar y enseguida se habilitará una ventana, la cual te indica que al enviar la factura electrónica no podrá ser editada, anulada o borrada y seleccionas Guardar y enviar
.
Luego, el sistema te mostrara una ventana emergente, en la cual es necesario verificar los datos del contacto y correo al cual se enviará la factura electrónica y si deseas enviarla a un email diferente sin agregar un nuevo contacto, podrás eliminar el correo sugerido y escribir el correo electrónico de envío.
También podrás enviar el mail con copia a otro tercero presionando el botón Cc , donde el sistema habilitara el campo “Con copia a” y una vez digites el email, podrás añadirlo con la tecla enter, coma o tab.
Por ultimo, confirmas dando clic en el botón Enviar .
Importante: Cuando las facturas electrónicas de venta no estén aprobadas por la DIAN o estén solo guardadas, solo se mostrará el prefijo y consecutivo del documento, el campo Fecha se visualizará como Fecha y hora comprobante, no se mostrará la firma del proveedor tecnológico y aparecerá un mensaje en la parte inferior indicando “Este es un borrador de la factura para fines informativos. No reemplaza la factura de venta ni el documento equivalente“.
Al ser aprobada por la DIAN, observaras el documento con el formato asignado en la configuración, junto con las columnas definidas y los códigos electrónicos correspondientes.
En caso de que sea asumido por el cliente, el valor del IVA se verá reflejado en los totales del comprobante y por tanto, se relacionará a la forma de pago utilizada para cancelar la factura:
Si el IVA es asumido por la empresa que se encuentra emitiendo el comprobante, este no se verá reflejado en el total del comprobante:
Adicional, en la parte superior podrás conocer el estado y en qué proceso se encuentra tu factura electrónica, hasta ser enviada por correo a tu cliente.
Importante: Al realizar al envío electrónico de los comprobantes con obsequios, no se tendrá rechazo por parte de la DIAN al enviar el ítem en cero, ya que se registrara los datos del obsequio en las variables correspondientes del UBL a la DIAN según la resolución 0042 de mayo de 2020.